En una contundente decisión disciplinaria, la Procuraduría General de la Nación sancionó a varios exfuncionarios del departamento de Arauca por su responsabilidad en irregularidades cometidas en el desarrollo del Programa de Alimentación Escolar (PAE), específicamente en el contrato 469 de 2019 y sus modificaciones, ejecutados en el contexto de la emergencia sanitaria por Covid-19.
Según las investigaciones del órgano de control, William Arévalo Quintero, exsecretario de Educación del departamento, y Uriel Niño López, quien se desempeñaba como gerente encargado de Contratación, fueron hallados responsables de vulnerar principios de planeación y transparencia en la celebración de adiciones al contrato, que resultaron en un incremento injustificado de su valor. Ambos fueron destituidos e inhabilitados por un periodo de 9 años y 6 meses.
Los hallazgos revelaron que Arévalo Quintero participó en la elaboración de documentos técnicos sin el rigor necesario y posteriormente firmó una adición al contrato por cerca de $3.800 millones, sin soportes financieros suficientes que respaldaran el nuevo valor de la ración alimentaria. Esta actuación permitió sobrecostos que superaron los $898 millones.
En el caso de Niño López, la Procuraduría concluyó que no garantizó el cumplimiento normativo en los estudios previos entregados por la Secretaría de Educación, y además omitió publicar documentos contractuales esenciales, lo cual afectó la transparencia del proceso.
Asimismo, Maricel Ortiz Ramírez, quien ocupó el cargo de secretaria de Educación, fue sancionada con destitución e inhabilidad por 9 años, por aprobar una segunda adición al contrato por más de $4.200 millones sin los estudios exigidos por la normatividad vigente en materia de alimentación escolar durante la emergencia sanitaria.
El entonces gobernador de Arauca, José Facundo Castillo Cisneros, fue suspendido por 12 meses —sanción que será transformada en equivalentes salariales— por autorizar un cambio en el tipo de ración entregada a los estudiantes, sin estudios de mercado que justificaran el alza de costos en la operación.
Por su parte, Diana Susi Mahecha Herrera, representante legal de la empresa interventora Invida SAS, fue multada con el equivalente a 20 salarios mínimos y quedó inhabilitada por 10 años para ejercer funciones públicas o contratar con el Estado, por no ejercer el control necesario sobre la ejecución del contrato.
Finalmente, Holman Jeffrey Ruiz Puerta, supervisor del contrato de interventoría, recibió una sanción de suspensión por tres meses —convertida también en salarios— por no cumplir adecuadamente con sus responsabilidades.
De acuerdo con la Procuraduría, la omisión de los ahora sancionados permitió que la Unión Temporal Alimentar Arauca 2019 suministrara raciones para preparar en casa que no cumplían con los estándares mínimos, afectando el derecho a la alimentación de miles de niños y niñas durante una etapa crítica como la pandemia.
Las decisiones están sujetas a recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores de Elección Popular.










